La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó los valores de las deducciones y escalas del impuesto a las Ganancias para las remuneraciones, haberes jubilatorios e ingresos de los autónomos de enero a junio 2025.
¿Quiénes deben pagar desde enero?
Solteros
- Solteros desde $2.280.557 de sueldo bruto y $1.892.863 de salario neto.
- Solteros con 1 hijo desde $2.467.309 de ingreso bruto y $2.047.866 de salario de bolsillo.
- Soletos con 2 hijos desde $2.654.060 de salario bruto y $2.202.870 de sueldo bruto.
Casados
- Casado desde $2.650.873 de sueldo bruto y $2.200.224 de salario neto.
- Casado con 1 hijo desde $2.837.624 de ingreso bruto y $2.355.228 de sueldo neto.
- Casado con 2 hijos desde $3.005.029 de salario bruto y $2.510.231 de sueldo de bolsillo.
Jubilados
- El impuesto se aplica cuando el ingreso supera el equivalente a ocho haberes mínimos. Para enero de 2025, esta cifra alcanza a $ 2.127.256.
Autónomos
- Los ingresos mensuales promedio para empezar a tributar son de $1.468.658 en la categoría general. Para los profesionales y emprendedores, el mínimo asciende a $1.631.843.
Nuevas deducciones del impuesto
- Ganancia no imponible: $3.916.268,37.
- Deducción por cónyuge/unión convivencial: $3.688.339,32.
- Hijo menor de 18 años: $1.860.042,98. En caso de hijos discapacitados, se duplica sin tope de edad.
- Deducción especial de empleados: $18.798.088,20.
- Deducción especial de autónomos: $13.706.939,31.
- Deducción especial de emprendedores: $15.665.073,50.
- Servicio doméstico: $3.916.268,37.
- Primas de seguro de vida: $573.817.
- Intereses hipotecarios: $20.000.
- Alquileres de viviensa: $3.916.268,37.
- Gastos por escolaridad: $1.566.407.
- Alquiler de vivienda inquilino/propietario: sin límite.
- Plan médico y honorario médico: sin límite.